Funciones

Última actualización: miércoles, junio 28 de 2023

Resolución 917 de 2022

  1. Orientar y asesorar la implementación de las políticas, procesos y procedimientos, planeación y la reglamentación expedida por el Consejo Superior Universitario en materia de tesorería, relativa a la recaudación y registro de ingresos, cuentas por pagar y registro de egresos, administración de recursos financieros y facturación.
  2. Gestionar los procesos de tesorería requeridos para atender las necesidades de recaudo, cuentas por pagar y la administración de recursos financieros; así como la consolidación, análisis y presentación de la información de tesorería de toda la Universidad y a los organismos de control.
  3. Orientar y asesorar la implementación de las políticas, procesos y procedimientos, planeación y reglamentación expedida por el Consejo Superior Universitario en materia de Administración de la cartera de las obligaciones a cargo de terceros que se encuentren vencidas.
  4. Orientar y asesorar la gestión del proceso de cartera que se aborde desde las Sedes y liderar el seguimiento y evaluación de la gestión y administrar el sistema de información de cartera y cobro de la Universidad.
  5. Registrar diariamente los ingresos que por todo concepto perciba la Universidad y efectuar oportunamente los pagos, con arreglo a las normas legales.
  6. Responder por la administración de las cuentas bancarias de la Universidad.
  7. Manejar y responder por los valores y documentos negociables de la Universidad.
  8. Llevar debidamente actualizados los registros de tesorería y presentar los informes que correspondan según las normas administrativas y fiscales vigentes.
  9. Situar los fondos asignados a las Sedes, de acuerdo a procedimientos establecidos y a las normas vigentes sobre la materia.
  10. Elaborar y presentar los informes que deban ser suministrados a la Contraloría General de la República y demás organismos fiscalizadores.
  11. Presentar informes de su gestión al Vicerrector Administrativo y Financiero.
  12. Las demás que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
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