Funciones

Art 14, Acuerdo 012 de 2000

Última actualización: miércoles, enero 24 de 2018

Son funciones de la División del Medio Universitario:



  • Programar, organizar y ejecutar programas de bienestar de acuerdo con las normas legales, políticas y reglamentos establecidos en coordinación con la División de Recursos Humanos.
  • Fomentar y promover la práctica de actividades deportivas, culturales, recreativas y artísticas dirigidas a la comunidad universitaria y a la sociedad en general y organizar eventos competitivos a nivel institucional e interinstitucional.
  • Propiciar el establecimiento de relaciones que coadyuven al mejoramiento de la calidad de vida en la comunidad universitaria.
  • Participar en las actividades de Sistema Nacional de Bienestar Universitario.
  • Organizar y coordinar la prestación de los servicios médicos, odontológicos y asistenciales para la comunidad interna y externa.
  • Organizar, desarrollar, controlar y evaluar los servicios de orientación y asesoría para la comunidad universitaria.
  • Fortalecer los lazos de integración y solidaridad entre los miembros de la comunidad y fomentar la vivencia del Proyecto Educativo Universitario.
  • Promover y coordinar programas de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y seguros de vida y accidentes.
  • Presentar informes periódicos sobre el desarrollo de las actividades de la División.
  • Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Volver
arriba