POLÍTICA DE ESTADO DE GRATUIDAD EN LA MATRÍCULA 2024
LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS REGLAMENTO OPERATIVO
POLÍTICA DE GRATUIDAD EN LA MATRÍCULA DE LOS PROGRAMAS DE PREGRADO DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICAS
Programas académicos cubiertos
Aplica para programas de pregrado, ofertados en cualquier modalidad por las IES públicas (formación técnica profesional, tecnológica o profesional universitaria, incluyendo la formación por ciclos propedéuticos)
Descripción del beneficio
Consiste en el pago del valor de la matrícula ordinaria neta de los estudiantes de programas pregrado de las IES públicas,
- La matrícula ordinaria neta corresponde al valor inicialmente liquidado por las instituciones de educación superior públicas por concepto de matrícula
- No incluye descuentos o apoyos como votaciones por sufragio electoral, becas, apoyos de las entidades territoriales y de las mismas instituciones de educación superior públicas u otras fuentes o conceptos, así como el pago de derechos pecuniarios por cursos intersemestrales, derechos de grado, cobros complementarios, extraordinarios, extemporáneos, administrativos, ni ningún otro derecho pecuniario o concepto que no esté explícitamente contemplado en el reglamento operativo
- Para los beneficiarios de la Política de Gratuidad, que al mismo tiempo lo sean de otros Fondos del Gobierno Nacional que financian el pago de la matrícula mediante créditos condonables, el valor de la matrícula ordinaria neta se cubrirá por la Política de Gratuidad en la Matrícula. En todo caso, continuarán accediendo a los demás beneficios contemplados para cada fondo en sus reglamentos o manuales.
Requisitos de acceso al beneficio de la gratuidad en la matrícula
- Estar matriculado(a) en un programa académico de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario), en alguna de las IES públicas relacionadas en el reglamento y registrado en el SNIES.
- No tener título profesional universitario
- Demostrar la pertenencia a alguno de los siguientes grupos:
- Estrato socioeconómico 1, 2, 3 o sin estrato.
- Población indígena.
- Población Rrom.
- Comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
- Población víctima del conflicto.
- Población con discapacidad.
- Comunidades campesinas.
- Población privada de la libertad.
- Grupos A, B o C del Sisbén IV, en cualquiera de sus subgrupos"
Duración del beneficio
La duración del beneficio corresponde al número de periodos académicos a cubrir por parte de la Política de Gratuidad, de acuerdo con el cálculo realizado por el Ministerio de Educación.
- La Política cubrirá por rezago académico u otras figuras asociadas a la finalización del plan de estudios del programa, hasta un (1) periodo académico adicional para formación técnica y tecnológica y hasta dos (2) periodos académicos adicionales para formación profesional a los establecidos mediante la metodología establecida en el reglamento operativo. Este beneficio solo aplicará a estudiantes que han sido beneficiados de la política en las vigencias 2022 y 2023. No aplicará de manera Retroactiva para las vigencias 2022 y 2023.
- Los(as) beneficiarios(as) de programas técnicos o tecnológicos que hayan culminado la duración del beneficio, podrán acceder hasta por dos veces más a la Política de Gratuidad en la Matrícula solamente para cursar un (1) programa de pregrado de un nivel de formación diferente al financiado inicialmente, siempre y cuando cumpla con la totalidad de los requisitos de acceso y condiciones vigentes en el reglamento operativo.
- Los periodos académicos cuyo valor de matrícula es igual a cero no se contarán como un periodo financiado.
Validación para el cumplimiento de requisitos de acceso
La validación la realiza el MEN con base en el reporte de información que realicen las IES en las diferentes plantillas del SNIES dispuestas para tal fin
- Si la institución de educación superior pública supera el tope de recursos asignados para financiar la gratuidad en la matrícula, la IES priorizará la asignación del beneficio atendiendo los procesos de matrícula que defina en el marco de su autonomía y de acuerdo con el siguiente orden: i) Estudiantes antiguos y ii) Estudiantes nuevos.
- La asignación del beneficio no será retroactiva, por lo tanto, el beneficio aplica a partir del periodo de adjudicación.
- En el caso de que esté matriculado(a) en más de un programa académico, el beneficio se asignará para el programa académico que tenga el mayor valor de matrícula ordinaria neta a pagar.
- Si el(la) estudiante quiere cambiar el beneficio a otro programa académico deberá presentar la solicitud mediante carta dirigida a la institución de educación superior y al Ministerio de Educación Nacional; cambio que aplicará en el siguiente periodo académico.
- En caso de que se exima del valor de matrícula por más de un programa, el estudiante deberá pagar el valor de matrícula del programa no asumido por la Política de Gratuidad en la Matrícula. En caso de que no lo pague, se le descontarán de los periodos a financiar del programa académico cubierto por la Política y se reconocerá el valor de matrícula ordinaria neta a la(s) institución(es) respectiva(s) en el acta de cierre del periodo conciliado.
Renovación del beneficio
Para renovar el beneficio, los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar matriculado(a) en un programa académico de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario), en alguna de las Instituciones de Educación Superior públicas relacionadas en el presente reglamento y registrado en el SNIES.
- No tener título profesional universitario.
- No contar con alguna de las causales de terminación del beneficio establecidas en el reglamento operativo.
La renovación del beneficio no tendrá en cuenta las veces que el estudiante aplace su proceso de matrícula, siempre que conserve la condición de estudiante conforme a los reglamentos internos de la institución de educación superior respectiva. En cualquier caso, la duración del beneficio corresponderá a la establecida en al artículo 10 del reglamento operativo.
Cambio de IES y/o de programa
- Para que el cambio de programa o de IES se efectúe, la IES a la cual cambió o desea cambiar deberá reportarlo como matriculado en el SNIES.
- Cada cambio que realice el estudiante acumulará los periodos ya financiados
- El cambio de programa de pregrado se podrá realizar a un nivel de formación diferente al financiado inicialmente, de acuerdo con las siguientes situaciones:
- Si el cambio se realiza a un programa con mayor número de periodos académicos, se habilitarán los periodos adicionales de acuerdo con los establecidos en el registro calificado del nuevo programa.
- Si el cambio se realiza a un programa con menor número de periodos académicos, se disminuirán los periodos aprobados inicialmente en función del registro calificado del nuevo programa.
Causales de terminación del beneficio
- Por cumplimiento de la duración del beneficio según el presente reglamento.
- Cuando el beneficiario(a) haya accedido a la Política de Gratuidad con información no veraz, o con documentos adulterados.
- Cuando pierda la condición de estudiante de acuerdo con los reglamentos internos de las IES.
- Obtener un título de profesional universitario.
- Por fallecimiento del estudiante."
Responsabilidades de los beneficiarios
- Brindarle oportunamente información veraz y la documentación requerida para el acceso a la Política de Gratuidad.
- Conocer y cumplir los estatutos y el marco normativo vigente de la institución de educación superior pública a la cual pertenece.
- Conocer y cumplir los lineamientos de la Política de Gratuidad en la Matrícula establecidos en la Ley 2307 del 2023, el Decreto Reglamentario 2271 de 2023 y su Reglamento Operativo.
- Acudir a la IES pública para las claridades que requiera sobre el acceso y resultados finales de la implementación de la Política de Gratuidad en la Matricula, manteniendo un lenguaje respetuoso y claro.
- Asumir los costos de los derechos pecuniarios diferentes a derechos de matrícula, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 30 de 1992 (derechos de inscripción, derechos de realización de exámenes de habilitación, derechos de grado, entre otros).
- Asistir a los espacios de acompañamiento integral y nivelación académica que brinde la IES pública; así como a todos los espacios que promuevan su bienestar y permanencia en la educación superior.
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